CORTINA DE HUMO O ESTADO DE CALAMIDAD

Guatemala vive desde el domingo 7 de abril una carga de contaminación ambiental por el incendio ocurrido en el vertedero de Villa Nueva, el cual ha afectado a diferentes municipios y departamentos del país. Por lo que, como medida preventiva el presidente de la república, Bernardo Arévalo, decretó Estado de Calamidad el pasado 10 de abril para garantizar la salud y seguridad de los guatemaltecos dado que en el país se enfrentan diferentes incendios forestales al mismo tiempo, en los que los cuerpos de socorro trabajan arduamente para controlarlos.

El estado de calamidad decretado por el presidente Arévalo tiene una duración de 30 días según, lo dicho por el mandatario, el propósito es enfrentar los incendios de una manera más ágil, fortalecer los insumos materiales para los brigadistas, proporcionándoles equipo de protección y herramientas. Al mismo tiempo buscar ayuda internacional para la pronta finalización de los incendios.

A lo que momentos más tarde el Congreso de la República rechazó el estado de calamidad pública decretado por el presidente, con 84 votos en contra, para el decreto gubernativo 1-2024 asegurando que únicamente se busca utilizar como cortina de humo ya que este busca movilizar 14 millones de dólares del fondo de emergencia.

La diputada Evelyn Morataya se pronunció, aclarando que su voto fue en contra porque esto sería como entregarles un cheque en blanco al gobierno que no lleva más de 100 días en el poder.

Por lo que el diputado Álvaro Arzú se fue en contra de las medidas del presidente y su gobierno a quienes llamó “una vergüenza de gobierno”, aclarando que este estado es buscado únicamente para hacer compras sin tener que pasar por los requisitos establecidos y de esa manera no exista una verdadera fiscalización, recordándole al presidente que él rechazó la ayuda que el Aeroclub ofrecía para apagar el fuego, a lo que el gobierno respondió que no lo necesitaban, al mismo tiempo habló sobre la violación a los derechos fundamentales constitucionales encontrados en el artículo 5 de la Constitución Política de la República de Guatemala donde habla sobre el derecho a la opinión y libre expresión, la cual se encuentra dentro del decreto de calamidad a lo que resaltó que apagar fuegos no tiene nada que ver con la opinión pública y la libre expresión.

Los votos emitidos por el Congreso de la República improbaron el decreto presidencial. (Fotografía: Soy 502).

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