TRÁMITES: ¿CÓMO RESOLVER OMISOS EN LA SAT?

El superintendente, Marco Livio Díaz, en rueda de prensa, dio a conocer que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), se encuentra analizando el caso de los contribuyentes renuentes a la incorporación al régimen FEL y aquellos que no han presentado sus declaraciones de manera correcta, por lo que se esta haciendo uso de las nuevas herramientas electrónicas como el sistema de facturación electrónica FEL, RTU digital, DeclaraGuate y retenciones web del ISR e IVA.

El objetivo es el de privilegiar la facilidad de pago a los contribuyentes que de manera voluntaria acudan a la resolución de conflictos tributarios, permitiendo que estos puedan solventar su situación en la SAT.

Las personas que por algún motivo se escribieron en la SAT como pequeños contribuyentes y que en la actualidad no cuenten con actividad económica y por este motivo no han presentado declaraciones e inclusive con valor cero podrán recurrir al cese de actividades desde su agencia virtual, esto si fuese el caso que lleven 4 años de no tener actividad dentro de sus negocios, y si llegaran a tener omisos estos serán exonerados por lo cual no deberá cancelarlos.

Si dado el caso por alguna mala práctica fue inscrito sin su conocimiento y aun no cumple con el tiempo que la superintendencia otorga para la exoneración de igual manera desde su agencia virtual podrá solicitar el proceso de facilidad de pago en el cual deberá recurrir al sistema de declaración DeclaraGuate y su correo electrónico, con lo que podrá realizar el trámite y luego de cancelar los omisos y podrá realizar un cese de actividades.

Ahora, aquellos que aun estén renuentes a incorporarse al sistema Fel, podrán hacerlo de manera fácil desde su agencia virtual, esto, únicamente para aquellos que aun tengan actividad económica en sus negocios, este trámite es gratuito fácil y rápido.

Si el caso fuese que no fueron encontrados los domicilios fiscales deberán realizar una actualización de datos desde su agencia virtual, la cual no tiene ningún costo. Aquellos contribuyentes a los que la SAT inactive perderán los beneficios otorgados y recibirán una multa que deberán cancelar totalmente por omisos y multas obtenidas en este tiempo.

Con la creación del sistema de Facturación Electronica se espera facilitar los procedimientos para los contribuyentes. (Fotografía: Vesco Consultores).

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